sábado, 18 de agosto de 2007


INTRODUCCION


Diario El Pais; España. 12/09/01
Antecedentes del problema.

El primer equipo paramilitar de la CIA en entrar a Afganistán tenía el nombre de ‘Rompemandíbulas’ (Jawbreaker) e ingresó por la zona del valle de Panshir en helicópteros rusos volando hasta a 4.500 metros de altura. Estaba integrado por varios agentes y paramilitares, entre ellos dos o tres tiradores, un médico, un radio operador, un experto en explosivos, un intérprete, y un ‘contador’. Este sería el encargado de liderar la misión y repartir entre las tribus y grupos que encontraría a su paso todo el ‘amor’ que la valija metálica que llevaba le permitiría comprar: tres millones de dólares en billetes de cien, no consecutivos y sin marcar.


Cuando fueron desplegados por la agencia el 19 de septiembre de 2001, el ‘contador’ -llamado simplemente “Gary”- tuvo un diálogo con Cofer Black (Director de la CIA para terrorismo):

- “Quiero que vayan a Afganistán y me traigan la cabeza de Bin Laden en una caja”, dijo Black.

-“Habla en serio?” preguntó Gary, preocupado por la ley que impedía los asesinatos.

-“La ley ya cambió”, respondió Black, “quiero esa cabeza, tráigala en una caja y se la voy a mostrar al Presidente. Después del 11-S, nos sacamos los guantes de seda”.

El 27 de septiembre de 2001, el equipo ‘Rompemandíbulas’ tocó tierra en Afganistán y fue recibido por algunos líderes de la Alianza del Norte, opositores a los Talibán. “Estén preparados, avísenle a sus hombres que viene la caballería. Nunca han visto lo que vamos a descargar sobre el enemigo”, les explicó Gary. “Nos vamos a dar todos los gustos, lo que vamos a hacerle a estos tipos quedará en la historia”.

Las acciones serían arriesgadas y criticadas, con toda certeza, pero se harían sin dudarlo. Bob Woodward, periodista investigador del diario The Washington Post describe en su libro Bush en Guerra lo que pensaba en ese momento George Tenet, Director en ese momento de la Agencia Central de Inteligencia de los EE.UU. (CIA):

“Tenet creía haber aprendido una lección personal sobre el precio que se debía pagar por la duda y la falta de acción. Bush había sido el menos preparado de todos ellos para los ataques terroristas. Tenet conversaba todas las mañanas quince a veinte minutos con el Presidente. Y se daba perfecta cuenta de que lo impulsaba. Iba a actuar. Siempre había cientos de motivos por los que no actuar, por los que no moverse. Los cobardes no actuarían. Los no cobardes se abrirían paso a través de los diversos problemas que iban a surgir. Los problemas superaban a mucha gente que daría más de cincuenta razones por las que no actuar. Pero Bush no. La CIA adquiría de pronto una nueva actitud: nada de castigos por arriesgarse o por cometer errores. Gracias a Bush”.

Los comandos paramilitares de la CIA actuaban de incógnito. Al no ser oficiales ni tener uniforme militar, sus superiores los suponían por completo fuera de las normas del Derecho Internacional Humanitario, que los comandos del ejercito sí deberían respetar.

Así, mientras los comandos Deltas y Rangers del ejército de los EE.UU. asaltaban campos de entrenamiento de Al Qaeda ya vacíos y dinamitaban pistas de despegue de avionetas de los Talibán, en acciones que Richard Clarke, ex asesor de la Casa Blanca para asuntos de terrorismo describiría como “exclusivamente diseñadas para la TV y los medios”, los paramilitares de la CIA comenzaron a actuar en silencio. El 5 de febrero asaltaron Gardez. Tomaron prisioneros. Ejecutaron a algunos. Compraron muchos otros a los rebeldes de la zona, los metieron de a doscientos en contenedores y les prendieron fuego debajo. Los que parecían saber “algo” y los que hablaban inglés o arabe fueron subidos desnudos y dopados en el frío a camionetas Toyota Hilux 4x4. Algunos de los prisioneros vieron lo que hacían los estadounidenses, mientras se dormían por el Pentotal.

Los estadounidenses no tenían uniformes, sólo ropa de campaña o ropa informal. Se tomaron varias fotos. Leyeron una oración, dedicando el lugar a los muertos el 11-S. Alinearon los cadáveres enemigos, pusieron una bandera de los EE.UU. y algunas fotos del World Trade Center con los bomberos de Nueva York izando la bandera entre las ruinas. Luego pintaron un cartel de advertencia: “…y exportaremos la muerte a los cuatro puntos cardinales del planeta en defensa de nuestra gran nación”. Algunos de los prisioneros se despertarían unos días después, bajo el sol del caribe.


Estado de situación

A partir de los hechos ocurridos el 11 de septiembre de 2001 en el territorio continental de los Estados Unidos de América, el gobierno de ese país dio comienzo a una serie de operaciones de seguridad denominadas con el nombre de “Guerra Global Contra el Terrorismo”, o como se la conoce habitualmente tras esa fecha, la guerra contra el terrorismo.

Estas operaciones han tenido diversas modalidades: operaciones militares reconocidas, entre las cuales se encuentra la invasión del Estado soberano de Afganistán a partir de 2002 por parte de tropas del ejército regular de los EE.UU.; operaciones militares encubiertas, secretas o clandestinas, como las acciones de comandos de los Grupo Delta, Ranger y Pathfinder a partir de octubre de 2001 en territorio de Afganistán destinadas a sabotear instalaciones del grupo Talibán; operaciones de inteligencia como la participación de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) y la Agencia de Seguridad Nacional (NSA) en escuchas telefónicas y arrestos de personas en varias naciones, así como la entrega de estos detenidos a terceros países; operaciones paramilitares entre las cuales se citan las detenciones de personas por parte de la CIA en capitales de estados nacionales soberanos sin autorización judicial y el traslado de los detenidos a locaciones no declaradas. Finalmente el gobierno de los EE.UU. ha realizado una amplia serie operaciones de seguridad interior en su territorio nacional, entre las cuales se encuentran decenas de arrestos a personas con perfiles considerados sensibles residentes en su territorio y se ha creado una agencia de gobierno, la Oficina de Seguridad del Territorio (Office of Homeland Security u OHS), encargada de coordinar el esfuerzo de todas las agencias federales de seguridad del país.

La guerra global contra el terrorismo es por definición un fenómeno internacional. La existencia de este enemigo, que por definición no es más que una táctica o metodología militar, implica que los Estados están obligados a tomar acción contra organizaciones que utilicen esta táctica no sólo dentro de sus fronteras sino muchas veces fuera de ellas.

En ese marco, la mayoría de las personas detenidas en la guerra contra el terrorismo han sido capturadas por fuerzas armadas, de inteligencia o de seguridad operando fuera de su territorio nacional. Esta situación se conoce como “Detención Foránea” y se define abarcativamente como aquella situación en la que una persona es privada de su libertad por agentes de un gobierno actuando fuera del territorio del país en nombre del cual actúan.

Las operaciones de seguridad dentro del marco de la guerra contra el terrorismo se caracterizan principalmente por estas Detenciones Foráneas, y en segundo lugar por el traslado de las personas privadas de su libertad fuera del territorio en el que habían sido detenidas.

Como resultado de estas operaciones, entre octubre de 2001 y marzo de 2006 aproximadamente 50.000 personas han sido detenidas en el marco de operaciones relacionadas con la guerra contra el terrorismo. A estas personas deben sumarse unas 10.000 detenidas en territorio de Irak, acusadas de estar relacionadas con los movimientos insurgentes que enfrentan mediante técticas de guerra de guerrilas al ejército de ocupación de los EE.UU. (a)

La mayoría de los detenidos son hombres de entre 25 y 50 años de edad, en su mayoría de origen étnico y profesión de fe musulmana. En su mayoría las nacionalidades de los detenidos son árabe saudí, yemení, afgana, pakistana y menormente turca, turcomana, iraní, siria y jordana. Hay además una decena de europeos, un ciudadano de los EE.UU., dos australianos, cinco filipinos y hasta el momento no se conocen personas nacidas en América del Sur entre los detenidos. (b)

El destino de estas personas ha sido diverso. En su mayoría han sido liberadas tras pasar un promedio de 10 meses en cautiverio, otros han sido devueltos a sus países de origen donde permanecen encarcelados en prisiones regulares como la prisión de Belmarsh en el Reino Unido o Abu Ghraib en Irak.

Sin embargo una cantidad estimada en 7.000 personas ha sido enviada a centros ilegales y/o clandestinos de detención, como la prisión de Bagram en Afganistán, la base naval británica de la isla Diego García en el Océano Indico o buques de la armada de los EE.UU. en ubicaciones desconocidas.

Desde el 1º de enero de 2002, se calcula que un total de 1.000 a 1.200 personas han sido enviadas al centro de detención ubicado en el terreno que ocupa la Base Naval de los EE.UU. en la Bahía de Guantánamo en Cuba.

Según han indicado los responsables del Departamento de Defensa de los EE.UU., las personas trasladadas a Guantánamo han recibido ese trato ya que poseían “un valor de inteligencia significativo” o eran sospechadas de significar una “amenaza clara y significativa para la seguridad nacional de los EE.UU.”. (1)

En este momento, se conoce de la existencia de cerca de 800 detenidos en la base de Guantánamo. Cerca de cien personas han sido liberadas y repatriadas a sus países de origen, donde en su gran mayoría han sido liberadas por las autoridades nacionales sin presentarse cargos en su contra.

Sólo diez personas detenidas en Guantánamo han sido acusadas formalmente por cargos de terrorismo por el gobierno de los EE.UU. y han sido juzgadas por tribunales militares constituidos en ese mismo centro de detención.

Una de las principales características de la detención de personas en la base de Guantánamo es la privación casi absoluta de derechos legales que se hace a los detenidos. El gobierno de los EE.UU. argumenta que los detenidos no forman parte de un ejército regular de un Estado y por lo tanto no poseen el estatus necesario para ser considerados prisioneros de guerra y gozar de las garantías prescriptas por las Convenciones de Ginebra, la ley internacional que gobierna los conflictos armados.

Por otro lado, el gobierno de los EE.UU. argumenta que la Base Naval de Guantánamo, si bien es administrada por el gobierno federal de ese país, está ubicada en territorio soberano de la República de Cuba, a la cual el gobierno de los EE.UU. arrienda la tierra. Por esa razón el gobierno de los EE.UU. entiende que las leyes penales, federales y militares de ese país tampoco aplican a los detenidos que allí son transladados.

Esta situación ha creado la noción de que los detenidos en la Base de Guantánamo se encuentran en un “agujero negro legal” o un “limbo legal”, en el cual no hay aplicabilidad de derecho alguno.


Guantánamo y una tesis de Licenciatura en Humanidades y Ciencias Sociales

Objetivo del trabajo

El objetivo de este trabajo es analizar ciertas manifestaciones de la guerra contra el terrorismo teniendo en cuenta por un lado la óptica que marca el Derecho Internacional Humanitario, una serie de documentos periodísticos, documentos de instituciones de Derechos Humanos y por el otro el modo en que se han presentado a la opinión pública actividades que exceden las convenciones y tratados de Derecho Internacional Humanitario.

Tomaremos como caso para su análisis y, sin tener la pretención de generalizar nuestras conclusiones a todo el universo de situaciones similares, el caso del estado de los prisioneros detenidos en la Base Naval de la Bahía de Guantánamo, Cuba.

Elegimos el caso Guantánamo porque sospechamos puede llegar a ser representativo como hecho paradigmático de un cúmulo de situaciones anormales que violan las citadas leyes y convenciones internacionales.

Otro argumento de peso que nos lleva a elegir el caso Guantánamo es el hecho de que es el único centro de detención de las fuerzas armadas de los EE.UU. en territorio extracontinental, que ha sido objeto de litigios federales y penales, y que ha sido mencionado específicamente en fallos de la Corte Suprema de los EE.UU, en los casos “Rasul vs. Bush” y “Hamdi vs Rumsfeld”, en junio de 2004.

El caso Guantánamo importa porque la violación a las normas del Derecho Internacional Humanitario puede ser confrontada a través de denuncias penales y ha impuesto a las autoridades del gobierno de los EE.UU. la obligación de responder sobre estos actos.

En conclusión, es intención de este trabajo de investigación analizar la relación entre el caso Guantánamo y el Derecho Internacional Humanitario en función de una serie de documentos institucionales, legales y periodísticos.

Partimos de la premisa de que el Derecho Internacional Humanitario establece una serie de pautas que pretende regular del modo más humano y civilizado todos los aspectos de los conflictos armados. Y coincidimos con el espíritu y la letra de estas disposiciones, cuyo cuerpo principal constituyen las Convenciones de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977. Y entendemos que toda violación a ellos constituyen un delito de lesa humanidad.






Planteo del problema

Este trabajo quiere contrastar el sentido del concepto de humanidad que expresa el Derecho Internacional Humanitario cuyas prácticas han sido debidamente consensuadas por parte del gobierno de los EE.UU. y que se encontrarían sistemáticamente violadas por las acciones de sus fuerzas armadas.

Entendemos que dicha violación no implica simplemente el incumplimiento de leyes y tratados cual si fueran incumplimientos de normas administrativas, sino que afectan de manera determinante aquellos principios que quieren regular los vínculos humanos, aún en los momentos más atroces como la guerra, y que destruyen el esfuerzo de humanización de esta institución legal.

Por “humanidad” entendemos aquellas condiciones y actitudes que implican respeto absoluto por la dignidad, integridad, identidad y seguridad de las personas, así como la sensibilidad y compasión con las desgracias de nuestros semejantes.

Este uso del término humanidad diferido del sentido que designa al colectivo de seres pertenecientes al género humano ha sido ampliamente aceptado en el lenguaje coloquial. En el derecho, el término “humano” se refiere a un trato respetuoso, no discriminatorio y en nada dañino a las personas. (c)

Este trabajo habla sobre el esfuerzo de hombres e instituciones por construir un concepto y una práctica de la humanidad como el espacio de realización superior del hombre y sobre el modo en que ciertas prácticas que involucran a los hombres en conflicto terminan deshumanizándolos a todos.

Hay muchos y grandes temas, además, que importan y hacen al marco de este caso de estudio y de la guerra contra el terrorismo. Si bien nuestro objeto de investigación tiene por epicentro el caso Guantánamo, nos resulta imposible no hacer referencia colateral a otros casos que guardan algunas similitudes con éste.

El primero de estos es la similitud de las técnicas de interrogación usadas por los carceleros en Guantánamo con las utilizadas en los centros clandestinos de detención en la época de la dictadura militar en la Argentina.

El caso Guantánamo también nos interesa porque no aparece como una rara excepción en el contexto de la violación de los Derechos Humanos, encontramos en él patrones y similitudes de accionares llevados adelante en muchos países bajo la influencia del gobierno y del ejército de los EE.UU.

Podemos ver como muchas de esas técnicas, ahora afinadas y refinadas, fueron aprendidas en la Escuela de las Américas, denunciada una y otra vez por entrenar a los represores militares de distintos países del continente. Si el hecho de descubrir que el sufrimiento y muerte de nuestros compatriotas durante los años ´70 fue sólo parte de un “training program” (programa de entrenamiento) para quienes actualmente operan en Guantánamo no nos parece digno de ser atendido, entonces pocas cosas lo serán. Por tratarse de un asunto de alta sensibilidad para nuestro país, pero fuera del objeto de estudio específico de este trabajo, este tema será tratado en un anexo del mismo, denominado Anexo 1.

La Argentina, además, realiza en la actualidad varias acciones para cumplir con variadas exigencias de parte del gobierno de los EE.UU. Algunas de estas acciones han salido a la luz y otras permanecen en secreto, sospechadas de existir: leyes intrusivas, operaciones secretas, restricciones a las libertades democráticas, etc. Este tema también será tratado en el citado Anexo 1.

Hay, además, otros temas que son de interés y que hacen al contexto en el que se desarrollan las acciones descriptas en este trabajo. Entre ellos están los intereses económicos y negocios de la dupla George W. Bush (Presidente de los EE.UU.) y Dick Cheney (Vice Presidente de los EE.UU.) en Medio Oriente; la relación de la familia Bush con la familia real Saudita y con la familia Bin Laden; los planes para la conquista y explotación de Afganistán y la cuenca del Mar Caspio por parte de sus consorcios empresarios o los planes para que un “evento mayúsculo” justificara una invasión a esa zona del mundo.

También importan mucho los planes secretos para reformular las leyes de los EE.UU. contra los secuestros, detenciones secretas y torturas por parte del Estado ocurridas en los EE.UU. El aprovechamiento de la paranoia, temor y patriotismo de su pueblo tras los atentados también es un tema importante y necesario de explorar.

Esos asuntos han sido debidamente investigados y explorados como base para realizar este trabajo y como exposición del contexto de los hechos aquí relatados. Sin embargo no hacen al tema de estudio en sí, Guantánamo, por lo que se los ha resumido en un segundo anexo denominado Anexo 2, donde además se sugieren bibliografía, autores y links de Internet para quien esté interesado en ellos.

No es éste, de todas maneras, un trabajo específicamente de derecho, pero indudablemente involucra toda una dimensión jurídica que se encuentra explícita y debidamente establecida. No pretendemos trabajar eruditamente los aspectos legales, pero sí considerarlos en el marco de las ideas y conceptos que dan lugar a la ley internacional, los derechos humanos, los derechos de los prisioneros de guerra y la prohibición de la tortura.

Más que un compendio de normas legales y procedimientos, el Derecho Internacional Humanitario es una construcción teórica con un concepto central: creer que la vida, la dignidad del ser humano, la justicia y la humanidad pueden ser mantenidos aun en el momento más inhumano que pueda existir: la guerra. A este concepto se le opone la concepción de que, cuando las circunstancias lo exigen, un gobierno o un grupo de personas en el poder de un país pueden suspender esas normas, retrotraer derechos, eliminar garantías y cometer todo tipo de atropellos, abusos y atrocidades en el nombre de un “fin superior”.
No hace falta saber demasiado para darse cuenta de que ésta no es la primera vez que estos actos ocurren en la historia de la humanidad. Pero queda la secreta esperanza de que ésta sea la última.

Este trabajo y los conceptos vertidos en él no son una crítica directa o indirecta hacia el pueblo de los EE.UU., ni siquiera a sus instituciones. Parte de la reivindicación de los principios del Derecho Internacional Humanitario y pretende analizar el caso Guantánamo como un posible ejemplo de la violación de los mismos.

Este no es tampoco un mensaje de justificación o disculpa o conmiseración hacia quienes han elegido el uso del terrorismo como práctica o herramienta para obtener sus objetivos. Los hechos tales como los atentados del 11-S son execrables, sus culpables y causantes deben ser hallados, procesados según las leyes nacionales e internacionales y sometidos al castigo previsto por las mismas.

Es inaceptable que una nación que se autodenomina la “campeona de la libertad” y “paladín de la justicia” no tenga conformados los mecanismos que le permitan controlar el cumplimiento de acuerdos y tratados que ella misma ha suscripto, o que se permita autorizar operaciones que van directamente en su contra.

Tampoco es un trabajo de análisis del comportamiento de la prensa, a pesar de que la prensa ocupa una buena parte del mismo. Consideraremos la producción periodística en torno a este tema como un referente documental más. Sí es un trabajo que se interesa por analizar como se comporta un organismo que defiende determinados derechos, los cuales quedan expuestos a la opinión pública internacional en buena medida por parte de la prensa.

Como en un Aleph borgiano están contenidos en el caso Guantánamo todos los elementos del resto del mundo. En ese pequeño pedazo de tierra fértil y mar azul “tan dicotómico con la sensación de libertad que ofrecen su mar y su cielo y la de agobio que muestran sus paredes de cemento y sus alambres de púas electrificados” se está definiendo, en buena parte por qué caminos transitará la humanidad. (2)

En Guantánamo han confluido tanto los diferentes organismos encargados de garantizar la aplicación del DIH como los que se ocupan de denunciar las violaciones a los DD.HH.: por un lado el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR); por el otro organismos como Amnesty International (Amnistía Internacional), American Civil Liberties Union (Union Americana de Libertades Civiles – ACLU), Human Rights Watch (HRW), Human Rights First (HRF) y varios más. Se ha objetado correctamente que la gran mayoría de las organizaciones de defensa de los Derechos Humanos son provenientes del mundo occidental. Esto es, lamentablemente, cierto en este caso. Se destaca como proveniente del mundo no-occidental la organización CAGED PRISONERS (Prisioneros enjaulados), liderada por el Premio Nobel de la Paz Reverendo Desmond Tutu.

De todas formas, a pesar de lo valioso del trabajo que todas estas organizaciones realizan, esta investigación se centrará principalmente en el trabajo realizado por el Comité Internacional de la Cruz Roja. Su condición de ser el promotor de la legislación del DIH y su rol permanente de garante de ese derecho en todo el mundo, hacen del CICR la organización con la mayor gravitación en lo que respecta a la aplicación y respeto de ese derecho por las potencias firmantes de las Convenciones de Ginebra. De todas formas, la labor y las denuncias realizadas por estos organismos serán un pilar de la fundamentación de los conceptos vertidos por este trabajo. No es casual que así sea. En nuestro desarrollo, veremos como esas mismas denuncias son utilizadas por el mismo CICR para llevar adelante su labor humanitaria.

También se han movilizado en este sentido muchos de los grandes medios de prensa del mundo. Su trabajo, sus investigaciones, sus crónicas y artículos de opinión también serán un pilar en la fundamentación de este trabajo.

Entre el CICR y la prensa existe una delicada y sutil relación, por momentos distante, por momentos articulada. Esta relación no será objeto de esta investigación, sin embargo deberemos tener en cuenta el modo en que el CICR realiza sus comunicaciones. La política de confidencialidad del CICR ha sido objeto de duras críticas por parte de muchos medios de prensa. Sin embargo, las razones aducidas por aquel para mantener dicha política también debe ser atendida. Pero, esta situación a nosotros debe interesarnos en función de cuales son los referentes periodísticos mas pertinentes para nuestra investigación, en tanto surja una diferencia de confiabilidad de las fuentes de acuerdo a la relación que estas tienen con el CICR.


Aspectos metodológicos

El presente es un trabajo de tipo exploratorio-descriptivo. Al definir las investigaciones exploratorias, Mombrú y Margetic recuerdan que:

“Son investigaciones exploratorias aquellas que sólo se proponen alcanzar una visión general, aproximativa del tema de estudio. Se realizan generalmente cuando predomina alguna de las siguientes circunstancias: a) el tema escogido es poco estudiado hasta el momentoy no existe sobre el mismo un conocimiento tal que permita formular hipótesis precisas o hacer una descripción sistemática; b) cuando aparecen, en un campo de estudio determinado nuevos fenómenos que, o no se conocen aún exactamente, o bien no se comprenden a cabalidad sobre la base de teorías existentes”. (3)

Por su parte, las investigaciones descriptivas, según las definen Mombrú y Margetic, tienen como objetivo “dar cuenta de eventos o circunstancias que corresponden a un mismo tipo de fenómenos… (…) Se trata de una aproximación a los hechos o conceptos a través de un relevamiento descriptivo de los mismos, bajo un marco teórico determinado, sin intentar el planteo de un problemas que requiera la contrastación de hipótesis”. (4)

Este trabajo comienza con una descripción del Derecho Internacional Humanitario (DIH), la historia y organización de la Cruz Roja Internacional y la descripción de sus tareas en lo que refiere al DIH y su rol en los conflictos armados. El propósito de este capítulo es proporcionar la base jurídica teórica necesaria para comprender las disposiciones básicas del Derecho Internacional Humanitario. La principal fuente de la información de este capítulo han sido las publicaciones de Derecho Internacional Humanitario del Comité Internacional de la Cruz Roja, así como los representantes del citado organismo en Buenos Aires.

Seguidamente el trabajo estudia, a través de los escritos de las organizaciones enunciadas previamente y de lo que se desprende de los diversos escritos judiciales presentados a favor de los detenidos, las condiciones de vida de los detenidos en ese campo y la labor de la Cruz Roja Internacional a favor de los detenidos, así como las denuncias realizadas por diversas entidades de defensa de los Derechos Humanos.

Finalmente se analiza cómo y porqué se afirma que el centro de detención de la Bahía de Guantánamo se enmarca dentro de una violación al Derecho Internacional Humanitario.

Para comodidad del lector, las referencias bibliográficas se denominan en cada cita con un número en superíndice, ejemplo: (1). Asimismo, las notas que aclaran o expanden lo dicho en determinado punto son referenciadas al final del párrafo en cuestión con una letra, ejemplo: (a). Ambos ítems: referencias bibliográficas y notas se encuentran al final del trabajo.






Hum Bomb!, por Allen Ginsberg
Quien bombardea?
Nosotros los bombardeamos!
Quien bombardea?
Nosotros los bombardeamos!
Quien bombardea?
Nosotros los bombardeamos!
Quien bombardea?
Nosotros los bombardeamos!

Quien bombardea?
Vos bombardeas vos!
Quien bombardea?
Vos bombardeas vos!
Quien bombardea?
Vos bombardeas vos!
Quien bombardea?
Vos bombardeas vos!

Que hacemos?
Vos bombardeas! Vos bombardealos!
Que hacemos?
Vos bombardeas! Vos bombardealos!
Que hacemos?
Vos bombardeas! Vos bombardealos!
Que hacemos?
Vos bombardeas! Vos bombardealos!

Quienes bombardean?
Nosotros te bombardeamos!
Quienes bombardean?
Nosotros te bombardeamos!
Quienes bombardean?
Nosotros te bombardeamos!
Quienes bombardean?
Nosotros te bombardeamos!

Mayo 1971

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